Otra de las medidas adoptadas por el gobierno para atender la emergencia económica generada por la pandemia del COVID 19, es la de otorgar un auxilio para el pago de nomina, el decreto mediante el cual se reglamente este auxilio contempla los siguientes aspectos:
- Los beneficiarios de dicho auxilio serán las personas jurídicas que demuestren la necesidad del aporte estatal, certificando una disminución del veinte por ciento (20%) o más en sus ingresos.
- Las empresas que soliciten este auxilio deben haber sido constituidas antes del 1 de enero de 2020, contar con un registro mercantil que haya sido renovado en el año 2019, este requisito aplica para las empresas constituidas en 2018 y años anteriores.
- El auxilio estará́ vigente por los meses de mayo, junio y julio de 2020. Los beneficiarios solo podrán solicitar, por una vez mensualmente, el aporte estatal del que trata este programa hasta por un máximo de tres veces.
- La cuantía del aporte estatal que recibirán los beneficiarios del Programa de Apoyo al Empleo Formal – PAEF corresponderá́ al número de empleados multiplicado por hasta el cuarenta por ciento (40%) del valor del salario mínimo legal mensual vigente.
- El numero de empleados sobre el cual se otorgará el auxilio será el menor valor entre el número de empleados reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) correspondiente al periodo de cotización del mes de febrero de 2020 y el numero de empleados por el mes en que se solicita el auxilio.